Hoy en los temas de Riddhi-pharma nuestros amigos de Consulting nos aportan un tema de actualidad el cual compartimos aquí.
IMPUESTO A LA RIQUEZA
En la reforma tributaria (Ley 1739) del pasado diciembre de 2014,
fue creado el impuesto a la riqueza, impuesto que se pagará por los años 2015 a
2018 y que aplica a las personas naturales, sucesiones ilíquidas, personas
jurídicas, sociedades de hecho, contribuyentes del impuesto sobre la renta y
complementarios, el cual se genera por la posesión, de un patrimonio líquido
igual o superior a mil millones de pesos. ($1.000.000.000), para Personas
Jurídicas y Sociedades de Hecho al 1 de enero de 2015, 2016 y 2017, para
Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas al 1 de enero de 2015, 2016, 2017 y
2018. Este impuesto se pagará en dos cuotas, la primera en mayo y la segunda en
septiembre.
Por lo anterior, es importante revisar el patrimonio bruto menos las deudas a
cargo vigentes en esas fechas, y asípoder determinar si cumple con el requisito
establecido en la Ley, para declarar y pagar la primera cuota del Impuesto a la
Riqueza, de acuerdo a los siguientes vencimientos:
Declaración y
pago primera cuota
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Si el último
dígito es
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Hasta el día
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1
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12 de mayo del
2015
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2
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13 de mayo del
2015
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3
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14 de mayo del
2015
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4
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15 de mayo del
2015
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5
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19 de mayo del
2015
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6
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20 de mayo del
2015
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7
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21 de mayo del
2015
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8
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22 de mayo del
2015
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9
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25 de mayo del
2015
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0
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26 de mayo del
2015
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Somos una empresa de consultoría financiera y
administrativa, especializada en la implementación de procesos integrales de
gestión tales como control interno, gestión tributaria, normas internacionales,
implementación de sistemas contables, auditorías, revisoría fiscal.
MARIO VIDAL OVALLE
DIRECTOR
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