El Ministerio
de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria Comercio, Industria y
Turismo, formularán, de estimarlo necesario, un proyecto de ley para la
adopción de todas o algunas de las recomendaciones formuladas por la UAE
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, que deberá ser presentado al
Congreso de la República en el año 2018.
De acuerdo con
lo previsto en el Artículo 165 de la Ley 1607 de 2012, las bases fiscales
deberán permanecer inalteradas durante los cuatro (4) años posteriores a la
entrada en vigencia de los nuevos marcos técnicos normativos.
·
Grupo 1 y Grupo 3 el período de cuatro (4)
años inicia el 1 enero 2015 y culmina 31 diciembre de 2018.
·
Grupo 2 el período de cuatro (4) años
inicia el 1 enero 2016 y culmina 31 diciembre de 2019.
Por lo
anterior, las empresas deben llevar su libro contable bajo normas
internacionales y otro libro frente al aspecto tributario, ya que para los
contribuyentes la contabilidad bajo NIIF, presenta diferencias sustantivas y
numerosas con las bases fiscales.
Fuente:
MARIO VIDAL OVALLE
DIRECTOR
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JOSE RICARDO ROJAS RODRIGUEZ
SOCIO
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